CONVENIO CENSU
En la Ciudad de Asunción, 20 de Agosto de 2.007, entre la COOPERATIVA UNIVERSITARIA LTDA., en adelante denominada “LA COOPERATIVA”, representada en este acto por el Ing. Luís Eduardo Sánchez, en su carácter de Presidente, el Lic. Pablo Segovia, en su carácter Tesorero y el Lic. Herbe Chaparro en su carácter de Gerente General Interino, con domicilio en la casa Nº 343 de la Calle Avda. San Martín casi Andrade, y el Sr. Guido Michelagnoli en su carácter de Director en nombre y representación de la Empresa CENSU S.A., en adelante denominado “LA EMPRESA”, fijando domicilio en la Avda. Rpca. Argentina Nº 900 de esta Capital, convienen en suscribir el presente ACUERDO COMERCIAL, con el siguiente contenido:
Primero: El presente acuerdo tiene una duración de 6 (seis) meses, y solo podrá ser renovado de común acuerdo por las partes y por escrito. Las partes pueden rescindirlo en cualquier momento comunicando a la otra por escrito con 30 días de antelación y sin ninguna otra consecuencia.
Segundo: El presente acuerdo tiene por objetivo establecer estrategias comunes para ofrecer beneficios a los socios de la COOPERATIVA en la compra del Vehículos 0 KM de la firma CENSU S.A. y CENCAR S.A.-
Tercera: Por el presente el/la socio/a accederá a descuentos y beneficios ofrecidos por LA EMPRESA para la compra de Vehículos 0 km. al contado, pero con la financiación de LA COOPERATIVA, de conformidad al siguiente detalle:
1 - Para compras de Vehículos 0 KM, al contado:
SUZUKI : 10 % de Descuento
SSANGYONG : 12 % de Descuento
MITSUBISHI : 12 % de Descuento para camionetas con motor Turbo
: 15 % de Descuento para camionetas sin motor Turbo
2 - Descuento del 20 % en repuestos para los servicios realizados en el taller oficial CENSER
3 - En caso de entregar vehículo usado a cuenta como parte de pago, el descuento será calculado sobre la diferencia que resulta del precio de lista menos el valor del usado. Los gastos correspondientes a la transferencia y registro del automotor del vehículo usado entregado como parte de pago, correrán por cuenta del comprador.
Cuarta: En el caso que el crédito otorgado fuere con prenda del vehículo a favor de LA COOPERATIVA y el desembolso no se realizara en el momento de la entrega del vehículo, el comprador firmara a favor de la EMPRESA un pagare por el valor del mismo, el cual será devuelto una vez realizado el desembolso del crédito a favor de la EMPRESA.
Si en el momento de realizar el pago/desembolso a favor de la empresa existiere diferencia debido al tipo de cambio DÓLAR/GUARANI, el mismo deberá ser cubierto por el comprador.
La COOPERATIVA emitirá por escrito: una confirmación de la aprobación del crédito, la autorización para entregar el vehículo y un compromiso de realizar el pago a favor de la EMPRESA en un plazo no mayor de 60 días en los casos que el crédito fuere con prenda a favor de la COOPERATIVA.-
Quinta: Los gastos de transferencia de los vehículos 0 km. serán 50 % a cargo del Comprador y 50 % a cargo de la EMPRESA, y los gastos de prenda 100 % a cargo del comprador.-
Sexta: LA EMPRESA se compromete a mantener actualizado el listado de precios para conocimiento de los socios.
Séptima: LA COOPERATIVA podrá comunicar a sus asociados a través de los medios que considere conveniente, previa comunicación con LA EMPRESA, sobre los beneficios para sus socios en la compra de vehículos 0 KM. de la firma CENSU S.A. y CENCAR S.A.
Octava: En caso de que LA COOPERATIVA reciba como dación de pago, ó se adjudique un vehiculo que hubiera sido adquirido de LA EMPRESA bajo las condiciones previstas en el presente acuerdo, LA EMPRESA realizará a pedido
de LA COOPERATIVA la tasación en forma gratuita y podrá ofrecer el automotor para la venta en sus instalaciones.
Para el efecto, LA COOPERATIVA podrá financiar la venta entre sus asociados, siempre y cuando el solicitante reúna los requerimientos establecidos por el reglamento de créditos, y se fija una comisión del 10% (diez por ciento) para LA EMPRESA sobre el precio de venta que determine LA COOPERATIVA.
Novena: En prueba de conformidad y fiel cumplimiento de cada una de las cláusulas del presente acuerdo que se redacta en dos ejemplares y de un mismo tenor, lo suscriben los representantes de las partes en el lugar y fecha mencionados mas arriba.
Ing. Luís Eduardo Sánchez
Presidente - Consejo de Administración
Cooperativa Universitaria
Lic. Pablo Segovia
Tesorero – Consejo de Administración
Cooperativa Universitaria
Lic. Herbe Chaparro
Gerente General interino
Cooperativa Universitaria
Guido Michelagnoli
Director – CENSU S.A.
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