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ACUERDO MARCO ENTRE LA COOPERATIVA UNIVERSITARIA LTDA. Y EL SENIOR EXPERTEN SERVICE DE ALEMANIA

 

En la ciudad de Asunción, Republica del Paraguay, a los veintidós días del mes de noviembre de 2006, entre la Cooperativa Universitaria Ltda., denominada en adelante como “LA COOPERATIVA”, representada en este acto por el Dr. Hernán  Darío Ramírez Almada con C.I. Nro. 458.065 y el Ing. Luís Eduardo Sánchez con C.I. Nro. 398.970, Presidente y Secretario respectivamente, con domicilio en la Avda. San Martín No 343 e/ Del  Maestro y Andrade, de la cuidad de Asunción y, El Senior Experten Service, denominado en adelante el “SES”, representado por el Ing. Pedro Galván con C.I. Nro. 881.171, en su carácter de Representante, con domicilio en Overava Nro. 985 casi Primer Presidente, de la Ciudad de Asunción, convienen en celebrar el presente Acuerdo Marco de Cooperación, que se regirá por las siguientes cláusulas:

I. OBJETO
LA COOPERATIVA y el SES convienen en suscribir el presente acuerdo marco a los efectos de que éste ponga a disposición de los socios de LA COOPERATIVA los Expertos que forman su plantel profesional, para llevar adelante programas y proyectos de transferencias de Tecnología, conforme a las solicitudes específicas  que los interesados llenaran en cada caso particular.

II. MODALIDAD DE TRABAJO.
LA COOPERATIVA informara a los socios del presente Acuerdo y pondrá a disposición de los mismos las condiciones de la prestación del servicio de los Expertos alemanes del SES. Para el efecto, contará con la asistencia permanente del Representante local del SES, cuando así lo requiera.
Cada trabajo especifico, será solicitado por escrito por los interesados, llenando para el efecto el formulario de solicitud que será proveído por el representante del SES.
El SES prestara los servicios de sus expertos en las condiciones establecidas en sus reglamento, los cuales se podrán a conocimientos de los socios interesados.
Una vez definidas exactamente la misión y de común acuerdo con el experto Senior respectivo, se firmará un convenio de la misión entre el SES y el beneficiario.
El resultado de la misión del experto es de propiedad del beneficiario, que podrá utilizar libremente sin necesidad de autorización del SES.

III. TERMINO DEL ACUERDO MARCO
La vigencia de este acuerdo marco será de un año, contado a partir de la fecha de su suscripción por las partes y a su vencimiento, pudiendo ser renovado de común acuerdo y por escrito.
Los programas y proyectos iniciados con los socios de LA COOPERATIVA deberán ser culminados, aunque la vigencia del presente acuerdo marco haya concluido o sea rescindido anticipadamente por cualquiera de las partes.
Cualquier gasto de traslado, estadía o viático que deba ser abonado a los expertos del SES para la realización de los trabajos, al amparo del presente acuerdo marco, correrá por cuenta exclusiva del socio solicitante del servicio.
Queda expresamente convenido que el presente acuerdo marco no importará erogación alguna para LA COOPERATIVA y que ésta no se constituye en avalista ni codeudora solidaria de los socios  beneficiarios del servicio. Tampoco recibirá reclamación de los socios durante la ejecución de los servicios prestados por los expertos del SES, ni responderá por la calidad de los trabajos de este.

IV. RESCICIÒN Y RESOLUCIÓN
Cualquiera de las partes podrá rescindir anticipadamente el presente acuerdo marco, inclusive sin expresión de causa y sin responsabilidad alguna, bastando para el ejercicio de este derecho la comunicación por escrito con una antelación de por lo menos 30 (treinta días).
Las partes constituyen domicilio especial en los lugares indicados en el encabezado del presente acuerdo marco y se someten a las jurisdicción de los tribunales de la Cuidad de Asunción y a las leyes de la República del Paraguay para dirimir controversia emergente de la interpretación o ejecución del presente acuerdo marco.
El SES deberá guardar confidencialidad de todos los datos e informaciones de los socios de LA COOPERATIVA a que tenga acceso durante la ejecución del presente acuerdo marco. Asimismo, no podrá utilizar el nombre o logotipo de LA COOPERATIVA para realizar campañas publicitarias del presente acuerdo marco sin el consentimiento por escrito de LA COOPERATIVA.

 

POR LA COOPERTIVA UNIVERSITARIA.:          
Ing. Luís Eduardo Sánchez

Secretario
Econ. Hernán D. Ramírez
Presidente

POR EL SENIOR EXPERTEN SERVICE:   
Ing. Pedro Galván

 

 
 
 
       
 
 
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